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Coatzacoalcos, Ver.

En un movimiento que oscila entre la precisión jurídica y la ambigüedad mediática, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz ha emitido un comunicado oficial respecto a la situación legal del periodista Rafael “N”. A primera vista, el boletín parece suavizar la narrativa al destacar delitos como “encubrimiento por favorecimiento”, sin embargo, un análisis técnico del documento revela que el cargo de terrorismo no ha desaparecido; simplemente ha sido camuflado tras una cifra: el artículo 311.

La técnica del «borrado» semántico
Resulta llamativo que, en el cuerpo de texto del comunicado, la FGE opta por no escribir la palabra «terrorismo». En su lugar, utiliza una fórmula técnica: «el [delito] previsto en el artículo 311 del Código Penal para el Estado de Veracruz».

Para el lector casual, esto podría parecer un ajuste a la baja en la gravedad de las imputaciones. No obstante, al consultar el Código Penal vigente, el artículo 311 es inequívoco: define el delito de Terrorismo y establece sanciones para quien realice actos contra personas o bienes utilizando explosivos, armas de fuego o «cualquier otro medio».

AQUÍ EL COMUNICADO OFICIAL PARA QUE USTED MISMO ANALICE

FGE formula imputación en contra de Rafael “N”

La Fiscalía General del Estado de Veracruz informa que, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado, con pleno respeto a los derechos humanos y bajo el principio de legalidad, el pasado 24 de diciembre de 2025 se formuló imputación ante un Juez de Control del Distrito Judicial de Coatzacoalcos, Veracruz, en contra de Rafael “N”, por hechos que la ley señala como constitutivos de los delitos de encubrimiento por favorecimiento, delitos contra las instituciones de seguridad pública y el previsto en el artículo 311 del Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Asimismo, se informa que esta Fiscalía el día de hoy fue notificada que el imputado se acogió a la duplicidad del término constitucional, por lo que la continuación de la audiencia inicial se llevará a cabo el 30 de diciembre de 2025, a las 07:00 horas, momento en el que el Juez resolverá su situación jurídica conforme a derecho.

Contradicción visual: La imagen vs. El texto

La inconsistencia más evidente del manejo de comunicación de la Fiscalía aparece en sus propias plataformas digitales. Mientras que el texto redactado evita el término, la fotografía oficial que acompaña la publicación menciona explícitamente el delito de terrorismo.

Esta dualidad genera una interrogante lógica: ¿Está la Fiscalía intentando reducir el impacto mediático y la presión de los organismos de libertad de expresión al omitir la palabra, mientras mantiene la carga penal máxima en los tribunales?

El camino al 30 de diciembre

Actualmente, Rafael “N” se ha acogido a la duplicidad del término constitucional. Esto significa que será hasta el próximo 30 de diciembre a las 07:00 horas cuando el Juez de Control determine si los elementos presentados por la FGE —incluyendo el polémico uso del artículo 311— son suficientes para una vinculación a proceso.


Cabe destacar que hasta 48 años de cárcel y multas por $339,393.60 podrían aplicarle al periodista 𝗥𝗮𝗳𝗮𝗲𝗹 𝗟𝗲𝗼́𝗻 𝗦𝗲𝗴𝗼𝘃𝗶𝗮, conocido como “𝗟𝗮𝗳𝗶𝘁𝗮 𝗟𝗲𝗼́𝗻” por los tres delitos de los que lo acusan:

  • Terrorismo, que tiene una pena de hasta 30 años de cárcel y multa por hasta 750 días de salario, $236,280 a valor del salario mínimo en 2026, de 315.04 pesos diarios
  • Encubrimiento por favorecimiento, con hasta 3 años de prisión y multa hasta de 40 días de salario, $12,601.60
  • Contra la seguridad pública, que tiene cárcel por hasta 15 años y multa que alcanzan 800 unidades de medida y actualización diarias (la UMA en 2025 está a $113.14 diarios), $90,512

El caso de Rafael “N” no solo es una batalla legal en los juzgados de Coatzacoalcos, sino una disputa por la narrativa oficial en un estado donde la relación entre la prensa y el sistema de justicia sigue bajo la lupa internacional.

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